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Pentafon, el primer centro de contacto registrado ante el REPSE

Escrito por Pentafon | Jun 16, 2021 6:20:24 PM

Con el registro STPS/UTD/DGIFT/AR184/2021, Pentafon garantiza el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos del “Decreto que modifica las leyes de sub contratación”, con lo que brinda a sus clientes seguridad en temas fiscales y laborales.

 

 

A partir del 31 de julio, de acuerdo al decreto que modifica la ley de subcontratación, en los artículos 15 A y 15 D; las empresas serán obligadas solidarias de sus proveedores y sus facturas no serán deducibles, a menos que estén registradas como proveedor especializado de servicios ante la Secretaría del Trabajo.  

Existen diferentes interpretaciones, principalmente referente al Artículo 12, sobre si los servicios de Contact Center son o no objeto de subcontratación; lo que la autoridad busca es que si el personal es interno o de un un proveedor,  esté contratado con todas las prestaciones de la ley y dado que a diferencia de otros servicios,  en el Contact Center  considera que debe ser un servicio especializado ya  que  entre otras características:

 

- El personal está asignado a un cliente en específico.
- Hay control de tiempo y ocupación de cada una de las personas.
- El costo del servicio crece en proporción al personal asignado.
- El cliente tiene supervisión remota o en sitio de la operación.

 

Independientemente del criterio, ante la posibilidad que tenemos de cumplir y registrarnos debidamente, consideramos innecesario exponer a nuestros clientes a grandes contingencias legales, labores y fiscales al no hacerlo. 

Al día de hoy,  menos de 8,500 empresas han solicitado su registro ante el REPSE,  de las cuales menos del 12% a logrado obtenerlo.  El que su proveedor esté debidamente registrado, garantiza que la autoridad certificó que la empresa se encuentra en cumplimiento de todas sus obligaciones fiscales, que todo su personal está registrado dentro de la misma  empresa que entrega  el servicio (y no subcontratado interna o externamente )  , que cuentan con todas las prestaciones de ley,  y  está al corriente de todos los pagos del IMSS  o Infonavit,  por lo que al ser especializado sus servicios ,  incluso su personal puede ser subcontratado sin ningún riesgo.

Consideramos que no debemos exponer a nuestros clientes a controversias por interpretaciones legales ante la autoridad y que si un proveedor cumple con todas las obligaciones y normas de ley, puede registrarse sin problema alguno, por lo que nos da gusto anexar el único registro de proveedor especializado que la autoridad a entregado a un centro de contacto.

Para lograr este registro, Pentafon tiene que demostrar ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social que todos sus empleados se encuentran dentro de la empresa, contratados bajo lo términos de ley y que está al corriente en todas sus obligaciones fiscales; contando con los procesos y tecnología para ser considerado un proveedor especializado de servicios, con lo cual nuestros clientes pueden asegurar que todos los pagos hechos a Pentafon serán 100% deducibles y no correrán riesgos o contingencias laborales al convertirse, según el nuevo decreto, en un obligado solidario de su proveedor.

Esta reforma (DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo), publicado en el (DOF) Diario Oficial de la Federación, el día 23 de Abril de 2021; especifica las reglas que deberán de cumplir las empresas para evitar caer en el supuesto de subcontratación de personal.

Entre las principales modificaciones, se prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose así cuando una persona física o moral pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra. Sin embargo, se permite la Subcontratación de servicios especializados que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la compañía que los contrata.

La ley especifica que se deberán contratar únicamente a compañías debidamente registradas ante el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados) como compañías de servicios especializados, de lo contrario será impuesta una multa de 2,000 a 50,000 veces la unidad de medida y actualización (UMA) independientemente que será obligado solidario ante incumplimientos de sus proveedores en el tema laboral

Para poder registrarse ante el REPSE las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:

 

1. Comprobar el cumplimiento al día de sus obligaciones fiscales y de seguridad social con el IMSS, el SAT y el INFONAVIT.
2. Contar con acta constitutiva y constancia de situación fiscal ante notario o corredor publico.
3. Información de los contratos celebrados conforme a: Datos generales, contratos de servicio, montos de las aportaciones y amortizaciones, información de los trabajadores, determinación del salario base de aportación y copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
4. Indicar el nivel y categoría de riesgo de acuerdo al “Catalogo de actividades para la clasificación de empresas en el seguro de riesgos de trabajo” del Instituto Mexicano del Seguro Social.
5. Transcribir las actividades que se registra tal y como aparece en su constancia de situación fiscal o en su objeto social.
6. Requisitar un cuestionario por cada una de las actividades de las que se haya solicitado registro, adjuntando identificación oficial del representante legal, poder notarial, acta constitutiva, constancia de situación fiscal, constancia de inscripción del RFC, registros patronales ante el IMSS, comprobantes de domicilio y comprobante de la nómina.